Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-09-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090917-0134

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE LAS PALMAS
DE GRAN CANARIA

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En virtud de lo acordado por el ilustrísimo señor magistrado-juez de este Juzgado en resolución de esta fecha cuya copia se adjunta, dictada en los autos de demanda número 1.407 de 2008, que en este Juzgado se siguen a instancias de doña Coral de los Ángeles Machín Jiménez, contra “Relaxalud, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, por la presente se le notifica a “Relaxalud, Sociedad Limitada”, la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, órgano y plazo al efecto.

Auto

En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de agosto de 2009.—Dada cuenta, por presentado escrito en fecha 21 de julio de 2009, regístrese la solicitud a que se refiere con su número de orden en el libro correspondiente.

Se despacha ejecución a instancias de doña Coral de los Ángeles Machín Jiménez, contra “Relaxalud, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, por un principal de 9.556,04 euros, más 382,24 euros de intereses provisionales y 955,60 euros de costas provisionales.

Se significa a la deudora que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, en la cuenta corriente número 3499/0000/64/00
0318/09, de “Banesto”, sito en la calle Triana, número 120, de esta ciudad.

Asimismo, líbrese oficio al Decanato y al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España a fin de averiguar bienes de la ejecutada susceptibles de traba y embargo, y con su resultado se acordará.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a la notificación de la presente ante este Juzgado.

Así se acuerda, manda y firma por don Ramón Toubes Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 4 de Las Palmas de Gran Canaria.—Doy fe.

Advertencia: si el receptor de la presente no fuese la propia destinataria, se le hace saber que debe cumplir el deber público que se le encomienda de hacerla llegar a la interesada a la mayor brevedad o darle aviso o en su defecto comunicar al órgano judicial la imposibilidad de la entrega o aviso, bajo apercibimiento de poder ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros, significándole que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen.

Y para que sirva de notificación a “Relaxalud, Sociedad Limitada”, con domicilio en la calle Roma, número 9, polígono industrial “Cerro del Rubal”, parcelas 4-6, 28983 Parla (Madrid), expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de agosto de 2009.—La secretaria, María Jesús Sánchez Ferrer.

(03/28.548/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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