Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-09-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090910-0079

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 24 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 335 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ignacio Arganda Díaz, contra la empresa “Construcciones Elthon, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado providencia, con fecha 24 de agosto de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Propuesta de providencia de la secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón.—En Madrid, a 24 de agosto de 2009.

Presentado escrito por la parte actora, don Ignacio Arganda Díaz, de fecha 27 de julio, únase a los autos de su razón. Cítese de comparecencia a las partes para el próximo día 22 de septiembre, a las doce de la mañana, a fin de celebrar incidente de no readmisión, en la sede de este Juzgado, sito en calle Hernani, número 59, de esta ciudad, debiendo comparecer con los medios de prueba de que intenten valerse, quedando citadas las partes en virtud de esta resolución.

Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Ignacio Arganda Díaz y “Construcciones Elthon, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de agosto de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.493/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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