Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-08-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090819-0086

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 15 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 292 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Hernán Núñez Llaiqui, contra la empresa “Transportes Palespa Hormigón, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimo la demanda formulada por don Carlos Hernán Núñez Llaiqui, frente a “Transportes Palespa Hormigón, Sociedad Limitada”, y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto con efectos de 15 de enero de 2009, y dado que la empresa demandada ha desaparecido, declaro extinguido el contrato de trabajo que unía a las partes con efectos desde esta sentencia, condenando a la demandada a estar y pasar por ambas declaraciones, así como a que abone al actor, en concepto de indemnización, la cantidad de 5.408,40 euros, y por los salarios de tramitación del período 15 de enero de 2009 a la fecha de esta sentencia la cantidad de 6.760,05 euros (150 días ´ 45,07 euros/día).

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto” (calle Orense, número 19), a nombre de este Juzgado con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” (calle Orense, número 19), a nombre de este Juzgado con el número 2513, calve 65 (haciendo referencia al número de autos), la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transportes Palespa Hormigón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.843/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090819-0086