Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-08-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090818-0097

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 21 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 250 de 2009-X de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Soria Sánchez, contra las empresas “Seprour, Sociedad Limitada”, comunidad de propietarios de la urbanización “Mirador del Pardo”, “Limserpa, Sociedad Limitada”, y “Limpiezas Pamares, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:

Sentencia número 352 de 2009

Madrid, a 20 de julio de 2009.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña María Teresa Soria Sánchez, que comparece asistida del letrado don José María Salvador González, y de otra, como demandadas, “Seprour, Sociedad Limitada”, que comparece representada por don Carmelo Heredia del Real y asistida por la letrada doña Margarita de Argumosa Ruiz; comunidad de propietarios de la urbanización “Mirador del Pardo”, representada por su presidente, don Francisco Javier Martínez Simón, y asistida por el letrado don José Manuel García Amat; “Limpiezas Pamares, Sociedad Limitada”, representada por don Francisco López Cañada y asistida por el letrado don Javier García González, y “Limserpa, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debía estimar parcialmente la demanda de despido interpuesta por doña María Teresa Soria Sánchez, contra las codemandadas “Seprour, Sociedad Limitada”, “Limpiezas Pamares, Sociedad Limitada”, comunidad de propietarios de la urbanización “Mirador del Pardo”, de la calle Valle Alcudia, número 2, de Las Rozas, “Limserpa, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, declarándolo improcedente y condenando solidariamente a las dos últimas codemandadas antes referenciadas a que opten entre la readmisión de la actora en las mismas condiciones anteriores a producirse el despido o le abonen una indemnización de 1.678,05 euros, y en ambos supuestos, igualmente, el importe de los salarios dejados de percibir, absolviendo de dicha pretensión al resto de las codemandadas.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2519, clave 65, en la entidad “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, sucursal 1143 (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo deberá en el momento de anunciar el recurso, consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Limserpa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.868/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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