Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-08-2009

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090817-0172

Páginas: 0


D) Anuncios

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte
y Portavocía del Gobierno

Resolución de 3 de julio de 2009, del Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de la Comunidad de Madrid, por la que se acuerda publicar la Resolución de desistimiento dictada en relación con la solicitud número SPR 2/2009.

Tras haber resultado infructuosas las notificaciones en el domicilio que consta en el expediente, en relación con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo con las funciones atribuidas a los Registros Territoriales por el artículo 3 del Reglamento del Registro de la Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto 281/2003, de 7 de marzo, la Registradora Territorial de la Propiedad Intelectual

RESUELVE

Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID anuncio con el siguiente contenido:

«Vista la solicitud de Publicidad Registral presentada por doña María Fernández Hernández en el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de la Comunidad de Madrid, con fecha 5 de enero de 2009, por la que requería nota simple de existencia o no de inscripción de derechos sobre la obra titulada “Romeo y Julieta”.

Visto el requerimiento, de fecha 14 de enero de 2009, de este Registro Territorial, y notificado al interesado con fecha 28 de enero de 2009, por el que se solicitaba el justificante de abono de la tasa por expedición de notas simples, correspondiente a la liquidación número 000286/2009, en el plazo de diez días hábiles, con advertencia de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, conforme establece el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, que establece que la Administración tiene obligación de dictar resolución expresa en todos los procedimientos, incluidos los casos en los que la terminación de los mismos se produzca por prescripción, renuncia del derecho, desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, caducidad o desistimiento de la solicitud, cual es el caso que nos ocupa.

Habiendo transcurrido el plazo concedido al efecto sin que se haya aportado el justificante de abono de la tasa, procede aplicar lo dispuesto en el artículo 71 de la citada Ley.

De acuerdo con las funciones atribuidas a los Registros Territoriales por el artículo 3 del Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto 281/2003, de 7 de marzo,

RESUELVO

Tener por desistida a doña María Fernández Hernández de su solicitud de Publicidad Registral, por no haber aportado el justificante de abono de la tasa correspondiente a la liquidación número 000286/2009, en el plazo concedido para ello.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, presentándolo ante la Registradora Territorial o el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente».

Madrid, a 3 de julio de 2009.—La Registradora Territorial, PDF (Resolución de 18 de mayo de 2007), el Jefe de Servicio de Publicidad Registral, Pedro Jiménez Santiago.

(03/25.805/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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