Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-08-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090817-0108

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 730 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Lucía Sánchez Saavedra, contra la empresa “Clínicas Control Dent, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 19 de junio de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 19 de junio de 2009.

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo preventivo de bienes de la demandada “Clínicas Control Dent, Sociedad Limitada”, en cuantía suficiente para cubrir la cantidad principal de 4.642,31 euros y 432,80 euros que se calculan para intereses y costas de forma provisional, sin perjuicio de su ulterior liquidación.

Se acuerda la traba de los bienes muebles que se encuentren en el domicilio de la
demandada, sito en la calle Colombia, número 34, 28016 Madrid, a tal fin, líbrese
testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir la cantidad por la que ha despachado el embargo preventivo, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Se acuerda notificar esta resolución al solicitante y posponer la de la demandada hasta la efectividad de la traba de los bienes objeto de embargo (artículo 54.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Juan José de Águila Torre.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Clínicas Control Dent, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.501/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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