Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-08-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090817-0047

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Servicio de Conservación y Edificación Deficiente

Departamento de Intervención en la Edificación

Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación

ANUNCIO

A la vista del informe emitido por los técnicos adscritos al Departamento de Intervención en la Edificación del Servicio de Conservación y Edificación Deficiente, de fecha 27 de abril de 2009, el director general de Ejecución y Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, por su resolución de 4 de mayo de 2009, ha dispuesto lo siguiente:

1.—Declarar en estado de ruina física inminente los cuerpos de edificación interior izquierdo y derecho de la finca número 59 de la calle del Capitán Blanco Argibay, de esta capital, en aplicación de lo establecido en el artículo 172 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 43 y 57 de la Ordenanza sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, publicada íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de noviembre de 2002 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278), modificada por acuerdo plenario de fecha 30 de enero de 2003 y aprobada definitivamente en sesión plenaria de fecha 22 de diciembre de 2003 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 37, de 13 de febrero de 2004).

2.—Requerir a la propiedad de la finca número 59 de la calle del Capitán Blanco Argibay, de esta capital, para que, bajo dirección facultativa y en el plazo máximo de cinco días, proceda a la demolición de los cuerpos de edificación interior izquierdo y derecho declarados en estado de ruina física inminente, debiendo comunicar la identidad, de la dirección facultativa responsable en el plazo de cuarenta y ocho horas, de conformidad, asimismo, con lo dispuesto en los artículos 172 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y 58 de la Ordenanza sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones de fecha 22 de diciembre de 2003.

Se significa a la propiedad de la finca de referencia que, en caso de incumplimiento a este requerimiento, la demolición de los cuerpos de edificación interior izquierdo y derecho declarados en estado de ruina física inminente se realizará en ejecución subsidiaria a costa de la propiedad, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones de 22 de diciembre de 2003 y en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992 de 26 de noviembre.

Por otra parte, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la referida Ordenanza, se deberá dar cuenta de esta resolución al Ayuntamiento Pleno y al Pleno de la Junta Municipal de Distrito de Tetuán.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante la coordinadora general del Área de Urbanismo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Madrid, a 27 de julio de 2009.—El jefe del Departamento de Intervención en la Edificación, L. Carlos Molina Arteche.

(01/3.052/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090817-0047