Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090812-0129
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 39 DE MADRID EDICTO Doña María Gema Fernández Menéndez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid. Hago saber: Que en los autos de juicio verbal de desahucio número 1.905 de 2008, seguidos ante este Juzgado a instancias de don Rafael Jiménez Jiménez, contra doña Carolina Peral Merino y don Ekstrom Martin Addisak, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: Sentencia número 161 de 2009 En Madrid, a 23 de julio de 2009.—Vistos por doña Lourdes Menéndez González-Palenzuela, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid, los autos de juicio verbal número 1.905 de 2008, seguidos a instancias de don Rafael Jiménez Jiménez, representado por la procuradora doña María Teresa Campos Montellano y asistido del letrado don José Manuel Muñoz de la Rosa, contra doña Carolina Peral Merino, representada por la procuradora doña María del Ángel Sanz Amaro y asistida del letrado don Juan Pablo Castaño Álvarez, sustituido en el acto de la vista por doña María Moya Peraira, y don Ekstrom Martin Addisak, declarado en situación procesal de rebeldía. Fallo 1. Estimo íntegramente la demanda presentada por don Rafael Jiménez Jiménez, contra doña Carolina Peral Merino y don Ekstrom Martin Addisak y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito en fecha 2 de noviembre de 2005 sobre el piso tercero A de la calle Fernando González, número 13, de esta ciudad, que deberán desalojar y devolver a su propietario en el plazo máximo de un mes, procediéndose, en caso contrario, a su lanzamiento en la fecha señalada del día 16 de noviembre de 2009, a las nueve y treinta horas. 2. La parte demandada abonará las costas causadas en este procedimiento. Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, que se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Publicación Extendida y firmada esta sentencia por la magistrada-juez que la ha dictado, se notifica y archiva en la oficina judicial, dándole publicidad en la forma permitida u ordenada por la Constitución y las Leyes.—Doy fe. Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que sirva de notificación en forma al demandado don Ekstrom Martin Addisak, se extiende la presente. En Madrid, a 23 de julio de 2009.—La secretaria (firmado). (02/9.329/09) |