Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-08-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090812-0076

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 1
DE ARANJUEZ

EDICTO

Doña María del Pilar Martínez-Blanco Alonso, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Aranjuez.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 419 de 2007 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 43 de 2009

En Aranjuez, a 27 de febrero de 2009.—Vistos por mí, doña Desirée Múgica Mayo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Aranjuez, los presentes autos de juicio inmediato de faltas, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en el ejercicio de la acción pública; don Iván Díaz Ávila, como denunciante; el representante legal del establecimiento “Leclerc”, como perjudicado, y don Valentín Eduard Tudosoui, como acusado.

Fallo

Condeno a don Valentín Eduard Tudosoui, como autor responsable de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas, imponiéndole las costas del proceso.

Notifíquese esta sentencia al condenado, al ministerio fiscal y a las demás partes personadas, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación, en este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a su notificación, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Valentín Eduard Tudosoui, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Aranjuez, a 20 de julio de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/25.771/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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