Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-08-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090804-0238

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 4
DE NAVALCARNERO

EDICTO

Don Juan José Herrero Salas, secretario judicial del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Navalcarnero.

Hago saber: Que en los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 468 de 2007, a instancias de doña Concepción Alonso López, representada por el procurador don Carlos Navarro Blanco, contra “House For You Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, en los que se acordado notificar por edictos a “House For You Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, por ignorarse su paradero, la sentencia, cuyo encabezamiento, antecedentes de hecho y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Navalcarnero, a 4 de febrero de 2009.—Vistos doña Ana García González, magistrada-juez titular de este Juzgado, los autos referenciados, seguidos a instancias de doña Concepción Alonso López, como parte demandante, representada por el procurador de los tribunales don Carlos Navarro Blanco y defendida por la letrada doña María del Carmen González Armenteros, contra la mercantil “House For You Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía procesal, se procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la presente resolución.

Antecedentes de hecho:

Primero.—Por el procurador de los tribunales señor Navarro Blanco, en el nombre y representación indicada, se presentó demanda de juicio ordinario solicitando la resolución del contrato de compraventa que la unía con la demandada, volviendo la titularidad del solar objeto del mismo, sito en la avenida del Generalísimo Franco, número 48, Alameda de la Sagra (Toledo), inscrito en el Registro de la Propiedad número 2 de Illescas, al tomo 1.267, libro 38, folio 117, finca número 3.608, inscripción primera, a la parte actora, haciendo la misma suyas las mejoras y construcciones realizadas por la demandada, sin derecho a indemnización por las cantidades entregadas en su día, ordenando la inscripción de tal declaración en el Registro de la Propiedad, y con expresa condena en costas.

Segundo.—Admitida a trámite la demanda por auto de fecha 31 de julio de 2007, se emplazó a la demandada para su contestación por plazo de veinte días.

Tercero.—Pro providencia de fecha 12 de junio de 2008 se tuvo por no contestada la demanda, declarando a la demandada en situación de rebeldía procesal, convocando a las partes a la celebración de una audiencia previa para el día 9 de septiembre de 2008, a las diez horas de su mañana.

Cuarto.—Llegado el día señalado compareció la parte actora, que ratificándose en su escrito de demanda interesó el recibimiento del pleito a prueba, consistente en interrogatorio de parte, documental por reproducida y más documental, planteando, con carácter subsidiario y a resultas del oficio, prueba testifical.

Una vez admitida y declarada pertinente la prueba propuesta, se señaló para juicio el día 29 de enero de 2009, a las once y treinta horas de su mañana.

Quinto.—Llegado el día indicado, y no compareciendo la demandada, se interesó por la parte actora se le tuviese por reconocida en los hechos relatados, quedando tras el informe final los autos vistos y conclusos para dictar sentencia.

Sexto.—En la tramitación de este proceso se han observado y cumplido, en lo sustancial, las formalidades legales procedentes, documentándose el acto de la vista en soporte apto de grabación y reproducción del sonido y de la imagen.

Fallo

Estimar la demanda formulada por el procurador señor Navarro Blanco, en la representación indicada, y, en consecuencia:

1.  Declarar resuelto el contrato de compraventa elevado a público en virtud de escritura otorgada ante el notario don José Luis Domínguez Manso, de fecha 16 de junio de 2005, entre doña Concepción Alonso López y la mercantil “House For You Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”.

2.  Proceder la demandada a la devolución del solar sito en la avenida del Generalísimo Franco, número 48, sito en Alameda de la Sagra (Toledo), inscrito en el Registro de la Propiedad número 2 de Illescas, al tomo 1.267, libro 38, folio 117, finca número 3.608, inscripción primera, a doña Concepción Alonso López, en el estado en que el mismo se encuentre, haciendo suyas doña Concepción Alonso López tanto las mejoras como las construcciones realizadas en el mismo.

3.  Procédase a la inscripción de tal declaración en el Registro de la Propiedad número 2 de Illescas.

4.  Todo ello con expresa imposición en costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se preparará por escrito ente este Juzgado en el término de cinco días a contar desde el día siguiente de su notificación para la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a “House For You Servicios Inmobiliarios, Sociedad Limitada”, declarada en situación procesal de rebeldía expido el presente en Navalcarnero, a 20 de mayo de 2009.—El secretario (firmado).

(02/8.991/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090804-0238