Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090728-0085
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID EDICTO Don José Ignacio Atienza López, secretario del Juzgado de lo social número 9 de Madrid y su provincia. Hago saber: Que por resolución del día de la fecha dictada en los presentes autos seguidos a instancias de doña Ana María Torres Sánchez, contra “Proyectos y Servicios de Ocio y Bienestar, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 745 de 2009, se ha acordado citar a “Proyectos y Servicios de Ocio y Bienestar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 14 de abril de 2010, a las nueve y cuarenta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 9, de los de Madrid, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Auto En Madrid, a 6 de julio de 2009. Parte dispositiva: Se decreta el embargo preventivo de bienes de la demandada “Alternativas Sénior, Sociedad Limitada”, en cuantía suficiente para cubrir la cantidad total de 12.473,32 euros, de los cuales 10.752,86 euros corresponden a principal y 1.720,46 euros presupuestados para intereses y costas, sin perjuicio de su ulterior declaración. Para lo cual se acuerda declarar embargado el saldo de la cuenta corriente que esta tiene abierta en “Caja Rural de Toledo”, sucursal de Seseña, cuenta corriente número 3081/0168/85/2325350128, así como el crédito que “Alternativas Sénior, Sociedad Limitada”, ostenta contra el Ayuntamiento de Seseña. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José María Reyero Sahelices. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación en legal forma a “Proyectos y Servicios de Ocio y Bienestar, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid, a 6 de julio de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/24.246/09) |