Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090709-0207
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 295 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Senderos Losa, contra la empresa “Casbar Recnología Industrial, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Móstoles, a 4 de marzo de 2009. Parte dispositiva: Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente. Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 15 de julio de 2009, a las doce y treinta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la planta primera, debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados. Se advierte a las partes que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así como con los documentos pertenecientes a las partes que hayan sido propuestos como medio de prueba por la parte contraria y se admitan por este Juzgado, pudiendo estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba admitida si no se presentaran sin causa justificada. Se advierte que si el demandante, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda, y que la incomparecencia injustificada de la demandada no impedirá la celebración del juicio. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda sobre la comparecencia a juicio del demandante asistido de letrado. En relación al interrogatorio de las partes: ha lugar y se requiere al legal representante de la empresa demandada a fin de que comparezca el día y la hora señalados, con el apercibimiento de que en caso de incomparecencia se le podrá tener por confeso. En relación con la documental solicitada: ha lugar y se requiere a la empresa demandada para que en el día del juicio aporte los documentos indicados en la demanda. En relación con la testifical propuesta se requiere a la parte actora para que en el plazo de cuatro días manifieste por escrito la relación que tienen los testigos propuestos con los hechos de la demanda y el motivo por el cual no puede traerlos personalmente al acto del juicio, posteriormente se acordará sobre su citación. Notifíquese esta resolución a las partes. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presente en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Providencia Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Elena de Lizaur García-Margallo.—En Móstoles, a 22 de junio de 2009. Dada cuenta del estado de las actuaciones y resultando que la parte demandada se encuentra en ignorado paradero, notifíquese la presente resolución por medio de edictos, así como el auto de señalamiento de fecha 4 de marzo de 2009, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en estrados (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral). Se acuerda suspender el juicio señalado para el día 15 de julio de 2009 y se vuelve a señalar para el día 14 de septiembre de 2009, a las diez y cincuenta horas de su mañana. Se acuerda, asimismo, emplazar al Fondo de Garantía Salarial, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, a fin de que comparezca ante este Juzgado para los actos de conciliación y, en su caso, juicio, señalados para el día 14 de septiembre de 2009 y horas de las diez y cincuenta de su mañana. Se requiere a la parte actora para que en el plazo de cuatro días manifieste por escrito si conoce algún otro domicilio de la empresa demandada, al objeto de proceder a su citación. Adviértase que contra la presente resolución podrá interponerse recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Casbar Recnología Industrial, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 22 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/21.935/09) |