Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090709-0120
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 1 DE ALCORCÓN EDICTO Doña Ana Isabel García García, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Alcorcón. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 72 de 2009 se ha dictado sentencia en fecha 12 de marzo de 2009, cuyo encabezamiento, hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente: Encabezamiento En Alcorcón (Madrid), a 12 de marzo de 2009.—Vistos por don Carlos Águeda Holgueras, magistrado-juez de Instrucción del número 1 de los de Alcorcón (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas, seguidos en este Juzgado y registrado con el número 72 de 2009, sobre falta de hurto, entre partes, a instancias de “Decathlon”, frente a don Mocanu Gabriel, con intervención del ministerio fiscal; y… Hechos probados: sobre las veintiuna horas del día 6 de marzo de 2009 don Mocanu Gabriel fue sorprendido cuando intentaba salir del establecimiento “Decathlon”, sito en avenida de Europa, Alcorcón (Madrid), sin abonar el importe de 212 euros a que ascendían los productos que llevaba consigo, y que pretendía hacer suyos. Fallo Condeno a don Mocanu Gabriel, como autor responsable de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, ello hace un total de 180 euros, que serán abonados en un solo pago, o en los plazos que en ejecución de sentencia se fijen, con arresto sustitutorio de un día por cada dos cuotas que dejare de abonar; igualmente, le condeno al pago de las costas procesales. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 976, en relación con los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, contra la misma se puede interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, ante este mismo Juzgado y para su resolución por la Audiencia Provincia, y expídase testimonio de la misma que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Contra la presente cabe recurso de apelación, en ambos efectos, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia al ministerio fiscal y demás partes. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Mocanu Gabriel, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Alcorcón, a 8 de junio de 2009.—La secretaria (firmado). (03/22.066/09) |