Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090709-0086
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 8 DE MADRID EDICTO En el procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 515 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado la siguiente Sentencia En Madrid, a 3 de julio de 2008.—Don José Aurelio Navarro Guillén, magistrado-juez de primera instancia del número 8 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de verbal de desahucio por falta de pago número 515 de 2007, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, “Thermóbel, Sociedad Anónima”, con procuradora doña Fuencisla Martínez Mínguez y letrado don Andrés Ricardo Martínez García, y de otra, como demandada “Joan Cubiertas y Fachadas, Sociedad Limitada”, en rebeldía procesal, sobre resolución de contrato de arrendamiento por falta de pago de las rentas, más reclamación de cantidad; y… Fallo Debo estimar la demanda presentada por doña Fuencisla Martínez Mínguez, procuradora de los tribunales, en nombre y representación de “Thermóbel, Sociedad Anónima”, contra “Joan Cubiertas y Fachadas, Sociedad Limitada”, en rebeldía procesal, declarando resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 1 de febrero de 2005 del inmueble sito en Madrid, calle Ciudad de Frías, números 11 y 13, nave industrial, y, consiguientemente, el desahucio de la parte demandada, condenando a la demandada “Joan Cubiertas y Fachadas, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por tal declaración y a que deje libre, expedito y a disposición de la parte actora el inmueble arrendado dentro del plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento en caso contrario. Asimismo, se condena a la demandada al pago a la parte actora de la cantidad de 50.397,85 euros en concepto de rentas vencidas y no pagadas; todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. En Madrid.—Firmado. (02/7.968/09) |