Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-07-2009

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090709-0079

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AYUNTAMIENTOS

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En las actuaciones de recurso de suplicación número 155 de 2009, seguidas ante la Sección Quinta de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanantes de los autos número 1.110 de 2007 del Juzgado de lo social número 18 promovidos por don Pedro Pablo López Zapico, contra “Labormán Trabajo Temporal ETT, Sociedad Anónima”, “Creyf’s Trabajo Temporal, ETT Unipersonal”, “Select RR HH ETT, Sociedad Anónima”, “Ineuropa Handling, Unión Temporal de Empresas”, “Unión Temporal de Empresas Ferrovial Servicios, Sociedad Anónima”, “Menzies Aviation, Plc.”, y “Awissport Handling, Sociedad Anónima”, sobre contratos de trabajo, con fecha 22 de junio de 2009 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Providencia

Ilustrísimos señores doña Begoña Hernani Fernández, don José Ignacio de Oro-Pulido Sanz y doña Concepción R. Ureste García.—En Madrid, a 22 de junio de 2009.

Dada cuenta; únase el anterior escrito a los autos de su razón; constando la voluntad de quien lo ha presentado de recurrir en casación para la unificación de doctrina la resolución en él identificada, entréguense copias a las demás partes.

Habiéndose cumplido los requisitos precisos para interponer el mencionado recurso, se tiene por preparado.

Emplácese a las partes para que comparezcan personalmente o mediante abogado o representante ante la Sala de lo social o (Cuarta) del Tribunal Supremo en el plazo de quince días hábiles a contar a partir de la notificación de esta providencia, debiendo la parte recurrente presentar ante dicha Sala, dentro de los veinte días siguientes a la fecha en que se efectúe el emplazamiento, el escrito de interposición de conformidad con lo que ordenan los artículos 219, 220 y 221 de la Ley de Procedimiento Laboral.

A los efectos del mencionado emplazamiento, sirve la copia o transcripción de esta providencia.

Una vez que las partes interesadas en estas actuaciones hayan sido emplazadas, elévense los originales de las mismas a la Sala Cuarta precitada dentro de los cinco días siguientes.

Notifíquese a las partes, advirtiéndoles que contra esta resolución pueden interponer recurso de súplica en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, ante esta misma Sala y por los trámites del recurso de reposición a que se refieren los artículos 451 a 454 de la Ley 1/2000, según disponen los artículos 181.1 y 186 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así lo mandaron los ilustrísimos señores magistrados referenciados, de lo que yo, el secretario judicial.—Doy fe.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a “Creyf’s Trabajo Temporal, ETT Unipersonal”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 22 de junio de 2009.—El secretario (firmado).

(03/21.846/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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