Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-07-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090707-0114

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 6
DE LEGANÉS

EDICTO

Doña Esperanza Rosa Sanz Álvaro, secretaria del Juzgado de instrucción número 6 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 296 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Leganés.—Visto por mí, ilustrísima señora magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 6 de Leganés, el presente juicio verbal de faltas tramitado en este Juzgado bajo el número 296 de 2008, por una supuesta falta de lesiones imprudentes, en él han sido partes: don Pablo Núñez Flores, como denunciante; don Krzystof Jozef Tryba, como denunciado; la entidad aseguradora “Mapfre”, como responsable civil directa, asistida de la letrada doña Ana María Cócoles Gomáriz, interviniendo el ministerio fiscal en ejercicio de la acción pública.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don Krzystof Jozef Tryba de los hechos por los que se ha seguido el presente juicio, con declaración de oficio de las costas causadas en este procedimiento.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid dentro de los cinco días siguientes a su notificación con los requisitos exigidos en el artículo 976, en relación con los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Krzystof Jozef Tryba, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 8 de junio de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/20.522/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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