Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-07-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090702-0246

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 8 DE MÁLAGA

EDICTO

Doña María Rosario Serrano Lorca, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 26 de 2005, a instancias de la parte actora, don José María Moreno Olivares, contra Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social, “SCD Entrega a Domicilio, Sociedad Limitada”, y “Fraternidad, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, sobre accidente laboral, se ha dictado resolución de fecha 26 de junio de 2009 del tenor literal siguiente:

Fallo

1.  Desestimar la demanda interpuesta por don José María Moreno Olivares, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Fraternidad” y “SCD Entrega a Domicilio, Sociedad Limitada”.

2.  Absolver a los demandados de las pretensiones de la actora.

Incorpórese la presente sentencia al correspondiente libro, librándose testimonio de la misma para su unión a los autos y notifíquese a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma, y de conformidad con la vigente Ley de Procedimiento Laboral, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social con sede en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciándolo ante este Juzgado de lo social dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación a la demandada “SCD Entrega a Domicilio, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 3 de junio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.431/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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