Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090701-0255
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 34 DE MADRID EDICTO Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social 34 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda, número 1.553 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Georgina Cirpean Hanelore, contra don Tomás García Rojo, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 1 de junio de 2009 que es del tenor literal siguiente: Fallo Que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por doña Georgina Cirpean Hanelore, contra don Tomás García Rojo y a su tenor, previa declaración de improcedencia del despido practicado, debo resolver el contrato de trabajo en esta fecha condenando a don Tomás García Rojo a que esté y pase por la expresada declaración y a que satisfaga a la demandante las siguientes sumas: 1.274,18 euros y por el concepto de indemnización rescisoria y 2.281,38 euros por el concepto de salarios de tramitación desde el día 8 de noviembre de 2008 a la fecha de esta sentencia (noventa y cuatro días). Dese traslado esta sentencia a la autoridad laboral para que se deduzcan las responsabilidades administrativas empresariales que correspondan. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2807/0000/60, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en la oficina del “Banco español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de esta capital. Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso acreditar haber consignado la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en la cuenta número 2807/0000/65, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en el mismo banco. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Tomás García Rojo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 4 de junio de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/19.950/09) |