Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-06-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090620-0013

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Junta Municipal de Distrito de Chamberí

Departamento Jurídico

Sección de Licencias y Autorizaciones

Negociado de Autorizaciones

EDICTO

Habiendo resultado fallido el intento de notificación al interesado en su último domicilio conocido de la liquidación dictada por el señor concejal-presidente de esta Junta Municipal de Distrito de Chamberí que a continuación se relaciona, se hace público mediante el presente edicto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asunto: liquidación Tasa Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local.

1.  Expediente: 107/08/7940. Interesado: don José Alberto Flores González. Asunto: liquidación reserva de espacio en la calle Fernández de la Hoz, número 16, correspondiente al ejercicio 2008.  Importe: 1,65 euros. Fecha del decreto: 11 de diciembre de 2008.

2.  Expediente: 107/07/1831. Interesada: “Familia del Collado, Sociedad Limitada”. Asunto: liquidación terraza de veladores en la calle Luchana, número 20, correspondiente al ejercicio 2008. Importe: 1.949,08 euros. Fecha decreto: 3 de julio de 2008.

3.  Expediente: 107/07/6137. Interesada: doña Joanna Sutherland. Asunto: liquidación reserva de espacio en la calle Hartzenbusch, número 4, correspondiente al ejercicio 2007. Importe: 8,10 euros. Fecha del decreto: 4 de febrero de 2008.

4.  Expediente: 107/04/4967. Interesada: comunidad de propietarios de la calle Murillo, número 1. Asunto: caducidad licencia de obras en la vía pública por reconstrucción de aceras en la calle Murillo, número 1, toda vez que el titular ha incumplido el plazo de tres meses de conformidad con el artículo 92 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para el abono de las liquidaciones provisionales y retirada de la licencia. Fecha del decreto 13 de septiembre de 2006.

5.  Expediente: 107/04/5322. Interesada: “La Tasca Guiri, Sociedad Limitada. Asunto: carta oposición a la renovación terraza veladores 2007 por encontrarse en apremio la liquidación Tasa Utilización Terraza Veladores correspondiente al ejercicio 2006 en la calle Vallehermoso, número 62. Fecha del decreto: 17 de julio de 2006.

6.  Expediente: 107/08/5592. Interesado: don Roberto Moreno Ruiz. Asunto: denegación terraza de veladores ejercicio 2008 en la calle Luchana, número 37, por no haber aportado la documentación exigida en artículo 28 de la Ordenanza Terrazas Veladores. Fecha del decreto: 14 de octubre de 2008.

7.  Expediente: 107/08/1680. Interesado: don Joaquín Montoya García. Asunto: considera desistido puesto desmontable flores de la calle Santa Engracia, número 34, ejercicio 2008, por no haber aportado la documentación exigida en artículo 12 de la Ordenanza de Venta Ambulante. Fecha decreto: 29 de agosto de 2008.

8.  Expediente: 107/08/7098. Interesada: “Novedos, Sociedad Limitada”. Asunto: modificación titularidad paso de vehículos e isletas en la calle Ríos Rosas, número 11, con número de matrícula 07/812. Fecha del decreto: 18 de diciembre de 2008.

9.  Expediente: 107/08/1770. Interesado: don Carlos Lorca Alentar. Asunto: considerar desistido terraza de veladores ejercicio 2008 en el paseo de San Francisco de Sales, número 24, por no haber aportado la documentación exigida en artículo 28 de la Ordenanza Terraza de Veladores. Fecha del decreto: 17 de junio de 2008.

El ingreso de dicho importe deberá efectuarse por la persona obligada al pago en cualquiera de las oficinas de bancos y cajas de ahorros autorizados, previa recogida del correspondiente abonaré en el Negociado de Autorizaciones de esta Junta Municipal, sita en la plaza de Chamberí, número 4, en horario de nueve a doce, de lunes a viernes, y en el plazo comprendido desde la fecha de publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día 20 del mes posterior (o inmediato hábil posterior cuando el último día del plazo sea sábado o festivo), si la notificación se ha recibido entre los días 1 y 15, y hasta el día 5 del segundo mes posterior si la notificación se ha recibido entre los días 16 y último de mes. Transcurrido el citado plazo de ingreso en período voluntario sin haberse efectuado el pago de la liquidación, se iniciará el período ejecutivo, procediéndose a su exacción por el procedimiento administrativo de apremio con el recargo del 20 por 100, los intereses de demora devengados y las costas que, en su caso, se produzcan.

Lo que le comunico para su conocimiento, efecto y exacto cumplimiento, advirtiéndole que esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponer los recursos que a continuación se indican:

1.  Recurso potestativo de reposición ante el concejal-presidente de esta Junta Municipal de Distrito en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).

2.  Reclamación económico-administrativa ante el órgano que ha dictado el acto objeto de la reclamación, que lo remitirá al Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación (artículo 235 Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria; artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

3.  Si en el plazo de un año no se hubiere notificado resolución expresa, podrá considerarse desestimada la misma, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimada la reclamación económico-administrativa, o esperar a su resolución expresa (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.  Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados.

Madrid, a 14 de mayo de 2009.—El secretario de Distrito, José Luis Izquierdo Martín.

(02/6.431/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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