Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090615-0114

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 21 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Gloria Morchón Izquierdo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número d21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 101 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cecilia de la Asunción Velázquez, contra don Honorio Olmedo Jiménez, doña Antonia Concepción Sánchez González, “Novias Agatha, Sociedad Anónima”, “Laura Novias, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 206 de 2009

En Madrid, a 11 de mayo de 2009.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña Cecilia de la Asunción Velázquez, que comparece asistida de la letrada doña Noelia Herrera Bruzos, y de otra, como demandados, don Honorio Olmedo Jiménez, doña Antonia Concepción Sánchez González, que no comparecen; “Novias Agatha, Sociedad Anónima”, y “Laura Novias, Sociedad Anónima”, que comparecen representadas por el letrado don Epifanio Alocén Martínez, y el Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debía estimar la demanda interpuesta por doña Cecilia de la Asunción Velázquez, en concepto de despido, contra “Novias Agatha, Sociedad Anónima”, y “Laura Novias, Sociedad Anónima”, declarándolo improcedente y condenando a las dos empresas codemandadas a que le abonen una indemnización por importe de 21.287,40 euros e igualmente los salarios dejados de percibir hasta la fecha, que ascienden a 6.533,18 euros, declarando definitivamente resuelta y extinguida la relación existente entre las partes.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2519, clave 65, en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, sucursal 1143 (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Honorio Olmedo Jiménez, doña Antonia Concepción Sánchez González, “Novias Agatha, Sociedad Anónima”, y “Laura Novias, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.846/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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