Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-05-2009

Sección 1.4.40.23: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090507-0372

Páginas: 0


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Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

Notificación de 6 de abril de 2009, de la Resolución 19/2009, de 3 de marzo, de la Gerente, por la que se acuerda el reintegro total, correspondiente a la subvención concedida a la entidad “Eurocebio, Sociedad Limitada”, mediante Resolución 375/2003, de 24 de abril, de la Gerente del Patronato Madrileño de Áreas de Montaña (PAMAM).

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio del destinatario de la Resolución de reintegro total de la subvención concedida a “Eurocebio, Sociedad Limitada”, para financiar la creación neta de tres puestos de trabajo de carácter indefinido, dos a jornada completa y uno a jornada parcial, en el municipio de Torrelaguna, mediante Resolución 375/2003, de 24 de abril, de la Gerente del PAMAM, que se relaciona en el Anexo adjunto, se procede a ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Resolución, objeto de la presente notificación, pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la presente notificación (todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa) o, potestativamente, podrá interponer recurso de reposición ante el Consejo de Administración del Patronato Madrileño de Áreas de Montaña, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente notificación (sin que puedan simultanearse ambos recursos, de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

En Madrid, a 6 de abril de 2009.—La Gerente del PAMAM, Natalia Pérez Villena.

ANEXO ÚNICO

Acto que se notifica: Resolución 19/2009, de 3 de marzo, de la Gerente del Patronato Madrileño de Áreas de Montaña, por la que se acuerda el reintegro total de la cantidad de 16.512,50 euros en concepto de principal y 4.926,84 euros en concepto de intereses de demora, correspondiente a la subvención concedida a “Eurocebio, Sociedad Limitada”, para financiar la creación neta de tres puestos de trabajo de carácter indefinido, dos a jornada completa y uno a jornada parcial, en el municipio de Torrelaguna, mediante Resolución 375/2003, de 24 de abril, de la Gerente del PAMAM, al haber incumplido el beneficiario con las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención y previstas en el artículo 6.5 de la Orden de 15 de noviembre de 2002, de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se reguló la concesión de subvenciones a las pequeñas y medianas empresas privadas para el fomento del empleo en la Sierra Norte de Madrid durante el año 2003.

Competencia: Es competente para acordar el reintegro total la Gerente del Patronato Madrileño de Áreas de Montaña, uso de las competencias en ella delegadas por acuerdo del Pleno del Consejo de Administración del Patronato Madrileño de Áreas de Montaña, en su sesión celebrada el 25 de octubre de 2000 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de octubre de 2000).

Interesada: “Eurocebio, Sociedad Limitada”.

Domicilio: Calle San Francisco, número 13, 28180 Torrelaguna (Madrid).

Obligaciones incumplidas: Las establecidas en el artículo 6.5 de la Orden de 15 de noviembre de 2002, de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se reguló la concesión de subvenciones a las pequeñas y medianas empresas privadas para el fomento del empleo en la Sierra Norte de Madrid durante el año 2003.

Causas de reintegro: La especificada en el artículo 37.1.f) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 11.1.d) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 13.3 de la Orden de 15 de noviembre de 2002, de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, se reguló la concesión de subvenciones a las pequeñas y medianas empresas privadas para el fomento del empleo en la Sierra Norte de Madrid durante el año 2003.

Importe de la subvención a reintegrar: 16.512,50 euros en concepto de principal y 4.926,84 euros en concepto de intereses de demora.

Forma y plazo para abonar la deuda: El ingreso del principal más los intereses de demora se hará efectivo, mediante cheque conformado, extendido a nombre de la Comunidad de Madrid, en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda, sita en la plaza de Chamberí, número 8, en horario de Caja, dentro del plazo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (si la publicación de la presente notificación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de publicación de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente; si la publicación de esta notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de publicación de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente). Transcurrido dicho plazo sin hacerlo efectivo, se procederá a su exacción por vía de apremio. En el momento de efectuar el ingreso deberá presentar en Caja esta notificación, que le será devuelta junto con la carta de pago.

(03/12.541/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.40.23: I. COMUNIDAD DE MADRID

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