Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090429-0006
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B) Autoridades y Personal Consejería de Educación
Por Orden 2349/2008, de 30 de abril, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de mayo), se modifican parcialmente las bases reguladoras y se convocan ayudas económicas individuales para la realización de actividades de formación del profesorado destinadas a Profesores de centros docentes privados concertados y de centros docentes públicos con convenio con la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, determinándose en sus bases decimoquinta y decimosexta que la no presentación de la documentación justificativa en los términos establecidos y en el plazo indicado conllevará la no percepción de la ayuda económica. De conformidad con la citada convocatoria, por Orden 4246/2008, de 12 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de octubre) se resuelve la concesión de ayudas económicas individuales, incluyendo una relación nominativa de beneficiarios, expresando la cuantía de la ayuda concedida en cada caso, así como una relación nominal de solicitudes excluidas con especificación de la causa. Finalizado el plazo de presentación de la documentación justificativa de realización de la actividad de formación y, una vez examinada la documentación remitida por los beneficiarios de la misma, se ha observado en determinados casos alteración en las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda. Por otra parte, no habiendo sido remitida por algunos beneficiarios dicha documentación, procede en consecuencia, la modificación de la Orden de concesión. Asimismo, doña Leticia Román Muela ha presentado renuncia a la ayuda concedida por un importe de 1.100 euros, al ser beneficiaria de una ayuda económica para la misma actividad a través de otra convocatoria de ayudas de formación que ha realizado la Consejería de Educación, procediendo también la modificación de la Orden de concesión. En base a lo anterior, a propuesta de la Comisión de Selección, esta Consejería de Educación HA RESUELTO Primero Dejar sin efecto la Orden de concesión de ayudas en lo que respecta al personal docente que se relaciona en el Anexo de esta Orden. Segundo Contra la presente Orden cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la forma y plazos establecidos por la normativa vigente. Madrid, a 3 de abril de 2008. La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE ANEXO RELACIÓN DE AYUDAS DENEGADAS (03/13.323/09) |