Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090429-0091
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Raquel Resa Carretero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.742 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Mar Belloso Fernández, doña Guadalupe de las Peñas Trilla, doña María López Moya, doña Carmen Núñez Jurado, don Francisco Zapata Cabrejas y don Miguel Ángel Polo Ramírez, contra don Luis Esteban Ureña y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 143 de 2009 En Madrid, a 24 de marzo de 2009.—Doña Patricia Valle Lorenzo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 8 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes: de una, y como demandantes: doña María del Mar Belloso Fernández, doña Guadalupe de las Peñas Trilla, doña María López Moya, doña Carmen Núñez Jurado, don Francisco Zapata Cabrejas y don Miguel Ángel Polo Ramírez, que comparecen asistidos por la letrada doña María Lázaro García, y de otra, como demandados, don Luis Esteban Ureña y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando la demanda formulada por doña María del Mar Belloso Fernández, doña Guadalupe de las Peñas Trilla, doña María López Moya, doña Carmen Núñez Jurado, don Francisco Zapata Cabrejas y don Miguel Ángel Polo Ramírez, contra don Luis Esteban Ureña en materia de reclamación de cantidad, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a don Luis Esteban Ureña a abonar a los actores las cantidades siguientes más el interés legal de demora del 10 por 100 anual sobre dichas cantidades, obligándole a estar y pasar por dicho pronunciamiento: A doña María del Mar Belloso Fernández: 510,62 euros. A doña Guadalupe de las Peñas Trilla: 1.042,8 euros. A doña María López Moya: 190,37 euros. A doña Carmen Núñez Jurado: 613,68 euros. A don Francisco Zapata Cabrejas: 722,39 euros. A don Miguel Ángel Polo Ramírez: 1.151,46 euros. Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Luis Esteban Ureña, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 27 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/11.455/09) |