Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090421-0048
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D) Anuncios Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno
El presente proyecto tiene por objeto el refuerzo y mejora del abastecimiento a los municipios de Rozas de Puerto Real, Cadalso de los Vidrios y Cenicientos, cuya fuente de suministro es el embalse de Los Morales, permaneciendo aislados hidráulicamente del Sistema de Abastecimiento del Canal de Isabel II. En épocas de escasez de lluvias, la reserva hidráulica del embalse de Los Morales no garantiza el suministro de agua a estos municipios, por lo que se hace necesario dotarles de una fuente alternativa de suministro, lo que se lleva a cabo mediante este proyecto, en el que se contempla la instalación de una conducción que conecta el embalse de San Juan con la Estación de Tratamiento de Agua Potable de Rozas de Puerto Real. La Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, en informe de 2 de noviembre de 2006, resolvió que la actuación relativa a este proyecto no precisa someterse a ningún procedimiento de impacto ambiental, siempre que se cumplan los condicionantes que se establecen en dicho informe. El Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto de urgencia para el refuerzo del abastecimiento a los municipios del Rincón Suroeste de la Comunidad de Madrid, desde el embalse de San Juan”, se aprobó definitivamente por la Comisión de Urbanismo de Madrid el día 26 de febrero de 2008 y se hizo público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril de 2008. La ejecución del proyecto de referencia requiere que se proceda a tramitar el oportuno procedimiento de expropiación forzosa, con objeto de poder disponer de los terrenos necesarios para llevarlo a cabo. La declaración de utilidad pública está implícita, en virtud del artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, en relación con la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. En su virtud, una vez formulada la relación de bienes y derechos prevista en el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y en aplicación de su artículo 18, DISPONGO Primero Someter al trámite de información pública durante el plazo de quince días, la relación de bienes y derechos afectados por el “Proyecto de urgencia para el refuerzo del abastecimiento a los municipios del Rincón Suroeste de la Comunidad de Madrid, desde el embalse de San Juan” (expediente de expropiación número 244. Entidad Beneficiaria: Canal de Isabel II), que se adjunta a la presente Orden. Segundo La presente Orden será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en uno de los diarios de mayor difusión, y además comunicada a los Ayuntamientos en cuyo término radiquen los bienes o derechos objeto de la expropiación, a efectos de que sea expuesta en el tablón de anuncios. Tercero La relación de bienes y derechos a que se refiere el apartado primero podrá examinarse durante el mencionado plazo de quince días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la División de Expropiaciones del Canal de Isabel II, en la calle Santa Engracia, número 125, 28003 Madrid, de nueve a catorce horas, así como en las dependencias del Ayuntamiento del término municipal donde se ubiquen las parcelas afectadas. Durante dicho período, los interesados podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, mediante escrito dirigido a la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno, en la calle Carretas, número 4, 28012 Madrid. En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a lo dispuesto en la normativa legal sobre su uso. Cuarto Las afecciones que resultan necesarias para la ejecución del proyecto de obra y para permitir y asegurar el posterior mantenimiento y conservación de las infraestructuras que se reseñan en el Anejo a la presente Orden, se describen como: — Expropiación (EXP): Para la ubicación de infraestructuras y su conservación. La superficie afectada depende de cada tipo de infraestructura. — Ocupación temporal (OT): En esta zona, reflejada en los planos de afección, se hará desaparecer temporalmente todo obstáculo y sobre ella se realizarán todas las obras y operaciones precisas, cuya duración está condicionada por la total ejecución del proyecto de obra, restituyéndose a su estado inicial una vez finalizados los trabajos. En Madrid, a 16 de marzo de 2009. El Vicepresidente y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ ANEJO RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PROYECTO DE URGENCIA PARA EL REFUERZO DEL ABASTECIMIENTO A LOS MUNICIPIOS DEL RINCÓN SUROESTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID, DESDE EL EMBALSE DE SAN JUAN. EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA NÚMERO 244 Abreviaturas utilizadas: SNU, Suelo No Urbanizable; SU, Suelo Urbano o Urbanizable. (01/1.376/09) |