Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-04-2009

Sección 1.3.210.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090420-0525

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C) Otras Disposiciones

Universidad Carlos III

1289 Resolución de 30 de marzo de 2009, del Rector de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se corrigen errores de la Resolución Rectoral de 4 de febrero de 2009.

De conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la rectificación de oficio de los errores detectados en la cuantía asignada en dos de las ayudas concedidas y que se especificaban en el Anexo adjunto a la Resolución de 4 de febrero de 2009, del Rector de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas para apoyar las líneas de I + D en el programa de creación y consolidación de grupos de investigación de la Universidad Carlos III de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de febrero de 2009), concretamente:

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.

En Getafe, a 30 de marzo de 2009.—El Rector, Daniel Peña Sánchez de Ribera.

(03/10.879/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.210.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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