Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-04-2009

Sección 1.1.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090420-0006

Páginas: 0


A) Disposiciones Generales

Consejería de Educación

1271 DECRETO 37/2009, de 2 de abril, por el que se crea la escuela infantil de primer ciclo “Santa Madre Maravillas”, situada en la calle Guanabacoa, número 4, en el municipio de Getafe.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone que la Educación Infantil es una etapa única, que abarca de los 0 a los 6 años, de carácter voluntario y que se ordena en dos ciclos: El primero de 0 a 3 años y el segundo de los 3 a los 6 años. La Ley dispone que las Administraciones Públicas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de Educación Infantil a través de la colaboración entre Administraciones y estableciendo para ello, entre otros medios, convenios con las Corporaciones Locales.

La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, promueve la creación de centros en el marco de la red pública de centros de Educación Infantil. En el momento actual y con objeto de dar una mayor cobertura a la demanda de plazas escolares para niños menores de 3 años, es necesaria la creación de un nuevo centro público de Educación Infantil en el municipio de Getafe.

Mediante el presente Decreto se crea una escuela infantil. Este centro se encuentra incluido en las previsiones de la programación educativa para la zona en la que se ubica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y dentro del marco de la participación de la Administración Local en la programación de la enseñanza y en la cooperación con la Administración educativa en la creación, construcción y sostenimiento de los centros docentes públicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.2.n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 y en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación y previa deliberación del Consejo de la Comunidad de Madrid en su reunión del día de la fecha,

DISPONE

Primero

Crear la escuela infantil de titularidad de la Comunidad de Madrid que se describe a continuación:

Escuela Infantil: “Santa Madre Maravillas”.

Titularidad: Comunidad de Madrid.

Código: 28070238.

Domicilio: calle Guanabacoa, número 4.

Municipio: Getafe.

Composición: Ocho unidades de primer ciclo de Educación Infantil.

Segundo

La capacidad máxima de las unidades del primer ciclo en funcionamiento, en cada curso, no podrá exceder del número de puestos escolares que resulte de la aplicación de las ratios que, en cuanto a la superficie mínima requerida por puesto escolar y número máximo de alumnos por unidad, según la edad de los niños escolarizados, se determinan en el artículo 8 del Decreto18/2008, de 6 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de Educación Infantil en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Se autoriza a la Consejera de Educación a adoptar las medidas necesarias para la ejecución del presente Decreto.

Cuarto

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, si bien los efectos económicos derivados de la creación del centro se producirán a partir de la fecha de la adjudicación definitiva del contrato de gestión del servicio público.

Dado en Madrid, a 2 de abril de 2009.

La Consejera de Educación, La Presidenta,
 LUCÍA FIGAR DE LACALLE ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA

(03/11.732/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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