Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090417-0392
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B) Autoridades y Personal Consejería de Educación
Mediante Orden 3334/2008, de 3 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de julio de 2008), de la Consejería de Educación, se modifican parcialmente las bases reguladoras establecidas en la Orden 3147/2005, de 10 de junio, y se convocan ayudas para la realización de actividades de formación permanente del profesorado, dirigidas a asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro que tienen firmado convenio de colaboración con la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación), en materia de formación del profesorado. Por Orden 4789/2008, de 15 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de octubre de 2008), se resuelve la Orden de convocatoria de ayudas económicas para la realización de actividades de formación permanente del profesorado, dirigidas a asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro que tengan convenio de colaboración con la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación), en materia de formación del profesorado. Vista las justificaciones de las entidades a las que les fue concedida ayuda, se comprueba que el número de actividades realizadas por las siguientes entidades ha sido inferior al número por el que se realizó la propuesta, en consecuencia se procede a aminorar a las mismas por los siguientes importes: DISPONGO Primero Modificar los importes de las ayudas concedidas a las entidades que siguen a continuación, de acuerdo con la justificación aportada por las mismas: Segundo Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la excelentísima señora Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir. Madrid, a 9 de marzo de 2009. La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE (03/11.019/09) |