Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090417-0110
Páginas: 0
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ALCOBENDAS RÉGIMEN ECONÓMICO Por haber sido imposible notificar individualmente los expedientes sancionadores que se relacionan en el anexo I, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de la Corporación a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El alcalde, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 10.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, ha emitido las resoluciones de terminación de expedientes sancionadores relativas a los citados expedientes, a la vista de las actuaciones practicadas y una vez comprobada la inexistencia de alegaciones contra las denuncias debidamente notificadas, así como verificado el pago de la sanción impuesta. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, conforme dispone el artículo 109 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse: Potestativamente, recurso de reposición, ante la misma autoridad que haya adoptado la resolución, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados en ambos supuestos a partir de la fecha siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 8 y 10, en relación con el artículo 46.1 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La interposición de estos recursos no suspenderá la ejecución del acto impugnado, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 111.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, con indicación expresa que los expedientes de su razón obran en la oficina de la Delegación de Medio Ambiente, Comercio, Industria y Empleo del Ayuntamiento [segunda planta, plaza Mayor, número 1, 28100 Alcobendas (Madrid)]. ANEXO I Número de expediente. — Infractor. — Cédula de identificación fiscal o número de identificación fiscal. — Precepto infringido. — Fecha de la infracción. — Fecha de incoación del expediente sancio- nador. — Importe 59/08. — Arribas Silgado, Sergio. — 53745281-P. — Ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales. — 8 de abril de 2008. — 19 de mayo de 2008. — 60 euros. En Alcobendas.—El alcalde, Ignacio García de Vinuesa. (02/4.051/09) |