Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090416-0151

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 29 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.408 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Ángeles Fernández García, contra la empresa “Frugosur, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 12 de noviembre de 2008, cuya copia se adjunta:

Diligencia.—En Madrid, a 12 de noviembre de 2008.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 11 de noviembre de 2008 ha correspondido a este Juzgado, por el turno de reparto, la anterior demanda en materia de ordinario, a instancias de doña María Ángeles Fernández García, frente a “Frugosur, Sociedad Limitada”, de lo que paso a dar cuenta a su señoría ilustrísima.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 12 de noviembre de 2008.

Parte dispositiva:

Se admite provisionalmente a trámite la demanda presentada y, con carácter previo a la citación a los actos de conciliación y juicio, dese traslado de la demanda a la parte demandada para que de conformidad con las reglas de competencia territorial establecidas en los artículos 10 y 14 de la Ley de Procedimiento Laboral, y dado que según criterio jurisprudencial fijado en la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 16 de febrero de 2004 dictada en unificación de doctrina, no es posible la apreciación de oficio de la cuestión de competencia territorial, proceda, si a su derecho conviniere, a plantear ante este órgano judicial tal excepción procesal en el plazo de cinco días, con apercibimiento que de no efectuarse tal solicitud se entenderá que concurre la sumisión tácita, dándose el curso procesal correspondiente a los presentes autos.

A los otrosíes: una vez verificado se acordará.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Emma Cobo García.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Frugosur, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.692/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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