Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090416-0124

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 20 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.311 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Jiménez Pérez, contra la empresa “Paviur 2000, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 100 de 2009

En la ciudad de Madrid, a 10 de marzo 
de 2009.—Vistos por la ilustrísima señora doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez de lo social número 20 de Madrid y su provincia, los presentes autos sobre ordinario, seguidos con el número 1.311 de 2008, entre partes: de una, y como demandante, don Antonio Jiménez Pérez, y de otra, como demandada, la empresa “Paviur 2000, Sociedad Limitada”, no comparecida en el procedimiento pese a estar citada en legal forma, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial; y…

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Antonio Jiménez Pérez, contra la empresa “Paviur 2000, Sociedad Limitada”, no comparecida en el procedimiento pese a estar citada en legal forma, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la suma de 11.661,75 euros por los conceptos de su demanda, más los intereses legales.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, no ha lugar a la responsabilidad subsidiaria de este organismo en caso de insolvencia empresarial.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ellas cabe interponer recurso de suplicación que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con número 2518, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en calle Orense, número 19, con el número 2518, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Paviur 2000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.755/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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