Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090416-0087

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 11 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 106 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Reina Sanz y don Eduardo Santiago Perea, contra la empresa “Compañía Auxiliar de Renting, Sociedad Anónima”, sobre sanciones, se ha dictado el siguiente auto de aclaración de fecha 22 de agosto de 2008:

Auto

En Madrid, a 22 de agosto de 2008.

Dispongo: Aclarar la sentencia número 236 de 2008, de fecha 30 de junio de 2008, dictada por este Juzgado en los siguientes términos:

En el encabezamiento, la expresión “…sobre sanciones”, debe ser sustituida por la de “…sobre despido”.

En los fundamentos de derecho, la expresión: “se accionó por la vía de la modalidad específica de proceso de impugnación de sanciones (artículo 114 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral)”; debe ser sustituida por la expresión siguiente: “se accionó por la vía de la modalidad procesal de despido (artículos 103 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral)”. En el párrafo segundo, a la expresión “ante una sanción”, debe añadirse la expresión “de despido disciplinario”. Y en la última frase de este segundo párrafo, a la palabra “sanción” ha de adicionarse la expresión “de despido”, así como a la palabra sanción del tercer párrafo.

El fundamento de derecho segundo debe, en consecuencia, subsanarse en el sentido de que “sí cabe recurso de suplicación”.

Permaneciendo inalterado el resto.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Segismundo Crespo Valera.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Compañía Auxiliar de Renting, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.665/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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