Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090416-0055

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 566 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Luz Molero Lázaro, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, “El Corte Inglés, Sociedad Anónima”, “Induyco, Sociedad Anónima”, y “Instalaciones Generales de la Vega”, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 147 de 2009

En Madrid, a 12 de marzo de 2009.—Habiendo visto la señora doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez de lo social del número 4 de Madrid, las presentes actuaciones de juicio sobre prestaciones seguidas ante este Juzgado con el número 566 de 2008, a instancias de doña María Luz Molero Lázaro, asistida del letrado señor don Iván Carlos de Nicanor Berenguer, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, representados por la letrada señora doña Ana Isabel Martínez, frente a la entidad “El Corte Inglés, Sociedad Anónima”, asistida y representada por el letrado señor don Juan Ignacio Lamata Cotanda, y contra las empresas “Induyco, Sociedad Anónima” asistida y representada por el letrado señor don Miguel Ángel González de Tena, e “Instalaciones Generales de la Vega”, que no comparece; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente

Fallo

Que desestimando la demanda promovida por doña María Luz Molero Lázaro, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social y contra las empresas “El Corte Inglés, Sociedad Anónima”, “Induyco, Sociedad Anónima”, e “Instalaciones Generales de la Vega”, absuelvo a las entidades demandadas de los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta sentencia, y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones Generales de la Vega”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.653/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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