Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090402-0083

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 761 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Isabel Aguilar García, contra las empresas “Air Girjet, Sociedad Limitada”, y “Gae, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 23 de enero de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña María Isabel Aguilar García, contra las mercantiles “Air Girjet, Sociedad Limitada”, y “Gae, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa “Air Girjet, Sociedad Limitada”, a que abone a la actora la cantidad de 20.960,04 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago con arreglo a lo previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, y debo absolver y absuelvo a la demandada “Gae, Sociedad Limitada”, de todos los pedimentos de la demanda.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gae, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.166/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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