Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
31-03-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090331-0141

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 15 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 205 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pablo Ramón Núñez López, contra la empresa “Promociones Manchegas de Retiro, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado la resolución siguiente:

Parte dispositiva:

Se decreta el embargo:

a)  Sobre los ingresos que se produzcan en la cuenta corriente de la parte ejecutada, así como de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos y cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en la que la entidad bancaria actúe como depositaria o mera intermediaria.

b)  Sobre los créditos que ostenta la demandada en distintas entidades por relaciones comerciales mantenidas con ella, hasta cubrir el importe total del principal adeudado más intereses y costas calculados.

c)  Vehículo matrícula TO-9434-Y, MBK YE80 motocicleta.

Líbrese mandamiento al Registro de Bienes Muebles Provincial de Madrid y a la Jefatura de Tráfico para que se anote el embargo y precinto del vehículo.

Se designa perito para la tasación de los bienes embargados en estas actuaciones a don Juan Carlos Casal Álvarez, a quien se notificará el nombramiento y en el siguiente día lo aceptará, entregando la valoración de los bienes en el plazo de ocho días a contar desde la aceptación del encargo, según establece el artículo 639 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Póngase en conocimiento de las partes o terceros que conste tengan derecho sobre los bienes a tasar el nombramiento efectuado, para que dentro del segundo día puedan designar otro por su parte, con la prevención de que si no lo hicieran se les tendrá por conformes, practicándose únicamente el avalúo por el perito antes nombrado.

Remítase, asimismo, el mandamiento por fax al Registro de Bienes Muebles a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

Líbrese la oportuna comunicación para la retención y transferencia de las indicadas cantidades y sucesivas que se abonen para cubrir el total importe a la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado.

Asimismo, requiérase la aportación del extracto de la cuenta corriente, de la cartilla u otros análogos que pudiera tener la ejecutada a la fecha.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Promociones Manchegas de Retiro, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.064/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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