Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-03-2009

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090330-0227

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Consejería de Economía y Hacienda

Notificaciones ejecutivas e información de pago referentes a expe

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio de su destinatario de la resolución ejecutiva e información de pago de sanción, por infracción administrativa en materia de consumo, y una vez firme en vía administrativa, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, que la modifica (“Boletín Oficial del Estado” de 16 de enero de 1999).

Expediente. — Importe sanción. — Requerido y último domicilio

04-SM-01044.8/2007. — 900 euros. — Sport Cup, Sociedad Limitada, calle Torquemada, número 28, 28043 Madrid

04 SM 00584.0/2007. — 77.800 euros. — Ediciones del Coleccionista, Sociedad Limitada, calle Aguacate, número 21, 2.a puerta, nave 6, 28044 Madrid

07-SM-00566.1/2007. — 500 euros. — Asesoramiento Verificación Inmobiliaria Ayvi, Sociedad Limitada, calle Sirio, número 44, escalera D, planta baja, puerta D, 28007 Madrid

04-SM-01061.0/2007. — 4.500 euros. — Recauchutados Ismael Azanza Narcue, calle Jabonería, número 44, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid)

04 SM 00648.8/2007. — 5.500 euros. — Fitness Naranjo Sociedad Anónima, avenida Manoteras, número 32, escalera B, planta 3, 28050 Madrid

04-SM-00724.3/2007. — 14.500 euros. — Anqi Import Export, Sociedad Limitada, calle Villablino, número 36, polígono industrial “Cobo Calleja”, 28947 Fuenlabrada (Madrid)

04 SM 00659.2/2007. — 800 euros. — Ángel Lahera Ceballos, calle Fuente Roque, número 51, 28609 Sevilla la Nueva (Madrid)

El importe de la sanción se hará efectivo por ingreso directo en la cuenta restringida 2038-1826-11-6000436610, de la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid, abierta en “Caja Madrid”, haciendo referencia al número de expediente anteriormente reseñado y al nombre del establecimiento, en los períodos voluntarios que se detallan a continuación:

a) En el caso de notificaciones realizadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil hasta el inmediato hábil siguiente.

b) En el caso de notificaciones realizadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

En su caso, de no abonarse el importe dentro de dicho período voluntario, se procederá a su exacción, con los recargos que resultan de aplicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

El justificante o resguardo acreditativo del ingreso deberá presentarse en el plazo de diez días siguientes al mismo, en el Área de Coordinación, de la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid (calle Ventura Rodríguez, número 7, 28008 Madrid), para su constancia en el expediente, el cual no se estimará concluso sin el cumplimiento de este requisito imprescindible.

Madrid, a 5 de marzo de 2009.—La directora general de Consumo, Carmen Martínez de Sola y Coello de Portugal.

(01/1.076/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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