Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-03-2009

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090324-0026

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

982 RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2009, por la que se hace público el Acuerdo de 12 de febrero de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, relativa al edificio sito en la plaza del Marqués de Salamanca, número 8 (Ac. 02/09).

Por el Consejo de Gobierno, con fecha 12 de febrero de 2009, se adoptó, entre otros, Acuerdo del siguiente tenor literal:

«El Pleno del Ayuntamiento de Madrid, en sesión celebrada el 24 de julio de 2008, aprobó provisionalmente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid y remitir el expediente a la Comunidad de Madrid para su aprobación definitiva por el órgano autonómico competente.

Consta en el expediente el informe de 14 de abril de 2008, de la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, el cual no plantea objeciones a la Modificación Puntual, no obstante, impone una serie de condiciones a incorporar en el documento para aprobación definitiva, lo que ha llevado a cabo el Ayuntamiento de Madrid previamente a la aprobación provisional del expediente.

Asimismo, con fecha 13 de abril de 2007, la Reunión Conjunta de las Comisiones de Patrimonio Autonómico y Local informó favorablemente la Modificación Puntual.

El ámbito de la Modificación Puntual es la finca sita en la plaza del Marqués de Salamanca, número 8, que ocupa la manzana delimitada por las calles José Ortega y Gasset, General Pardiñas, Padilla y Príncipe de Vergara, de una superficie aproximada de 11.166 metros cuadrados.

El edificio, perteneciente a Patrimonio del Estado y compuesto por un conjunto de edificaciones construidas desde 1951 a partir de un palacete anterior, estuvo destinado anteriormente a oficinas del Instituto Nacional de Industria.

El Plan General asigna a la parcela la calificación de Dotacional en su clase de Servicios Colectivos, con la categoría de Servicios de la Administración Pública existente, quedando regulada por la Norma Zonal 1, grado 5o. Esta Norma Zonal, de acuerdo con el artículo 4.10.6, apartado 2.c.i), de las Normas Urbanísticas, permite el incremento del 10 por 100 sobre la edificabilidad existente.

La finca está incluida en el Área de Planeamiento Específico APE 00.01, “Centro Histórico”; se encuentra protegida por el Catálogo con el Nivel 1, Grado Singular, y el espacio libre de la parcela figura protegido con Nivel 3 en el Catálogo de Parques y Jardines de Interés, pese a estar pavimentado casi en su totalidad.

La presente Modificación Puntual tiene por objeto, manteniendo la catalogación de la finca con Nivel 1, Grado Integral, descatalogar los cuerpos de edificación recayentes a las calles General Pardiñas y Padilla, construidos y modificados en diferentes etapas y carentes de especiales valores, tanto en su exterior como en su interior.

No obstante, se ha considerado importante mantener como elemento de restauración obligatoria la superficie original del palacete, protegido con Nivel 1 Integral, del que todavía se conservan las trazas, elementos decorativos y materiales de valor en su interior.

En cuanto al jardín, catalogado con Nivel 3 de protección, está hoy pavimentado casi en su totalidad, no obstante, se ha acordado mantener el nivel de protección, excepto en las estrechas franjas laterales situadas entre los cuerpos de edificación ahora descatalogados y, respectivamente, la calle Príncipe de Vergara, esquina con Padilla, y la calle José Ortega y Gasset, esquina con General Pardiñas, actualmente ocupadas con patios ingleses, pavimentadas y sin vegetación.

La Modificación Puntual no altera la calificación de la parcela ni la Norma Zonal 1, grado 5o de aplicación, ni el Nivel 1, grado integral de protección asignado por el Plan General, permaneciendo los parámetros urbanísticos vigentes.

Es necesario modificar el Plano de Análisis de la Edificación (Hoja 04.05.022) con el siguiente contenido:

— Se limita la trama de color naranja (Áreas y Elementos Arquitectónicos de Restauración Obligatoria) a las trazas del antiguo palacete, recogidas en el dictamen de la Reunión Conjunta de las Comisiones de Patrimonio Autonómico y Local de fecha 13 de marzo de 2007.

— Se sustituye la trama de color amarillo (Áreas y Elementos Arquitectónicos Protegidos) en el cuerpo de edificación recayente a la calle José Ortega y Gasset, esquina a General Pardiñas, por la trama de color gris (edificación no protegida).

— Se sustituye la trama de color blanco (Áreas de Protección Auxiliar) en el cuerpo recayente a la calle Padilla por trama de color gris (edificación no protegida).

— Se elimina la trama de color verde (jardines o espacios libres protegidos) en las dos estrechas franjas de parcela recayentes a la calle Príncipe de Vergara, con vuelta a Padilla y José Ortega y Gasset, con vuelta a General Pardiñas, actualmente ocupadas con patios ingleses, pavimentadas y sin vegetación.

La Modificación Puntual propuesta cumple los requisitos del artículo 69 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ya que no afecta a la clasificación del suelo ni supone disminución de zonas verdes o espacios libres.

La Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial, en su informe de 16 de octubre de 2008, ha informado favorablemente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, relativa al edificio sito en la plaza del Marqués de Salamanca, número 8, dado que hace posible ejecutar un nuevo edificio en dicha parcela que se integre en el palacete original, manteniendo su protección, con destino a oficinas de la Administración, para lo que se llevará a cabo un Concurso Internacional cuyas bases serán dictaminadas por la Comisión de Control y Protección del Patrimonio del Ayuntamiento de Madrid.

En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplimentado los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

En su virtud, previo informe favorable de la Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 27 de enero de 2009, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 12 de febrero de 2009,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, relativa al edificio sito en la plaza del Marqués de Salamanca, número 8.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado expediente se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 6 de marzo de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/7.977/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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