Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-03-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090324-0002

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 39 DE MADRID

EDICTO

Don José Ignacio Atienza López, secretario sustituto del Juzgado de lo social número 39 de los de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de reclamación de cantidad, a instancias de don Adam Swieton, contra la entidad “Construcciones Valdeavero, Sociedad Limitada”, y en cuyos autos ha recaído resolución del siguiente tenor literal:

Diligencia.—En Madrid, a 20 de enero de 2009.

La extiendo yo, el secretario, para hacer constar que con fecha 12 de enero de 2009 ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por don Adam Swieton, contra “Construcciones Valdeavero, Sociedad Limitada”, en materia de ordinario, de lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 20 de enero de 2009.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 18 de febrero de 2009, a las diez horas de su mañana, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 31, primera planta, 28008 Madrid, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Respecto al segundo otrosí, ha lugar a la prueba solicitada por la parte actora, y

Ha lugar a los solicitado sobre interrogatorio o confesión de “Construcciones Valdeavero, Sociedad Limitada”. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se la cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.

Requiérase a la parte demandada para que en el acto de la vista presente la documental solicitada de contrario.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Luz Rico Recondo.

Y para que conste y sirva de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como de notificación y citación a la entidad demandada, “Construcciones Valdeavero, Sociedad Limitada”, cuyo paradero se desconoce, haciendo saber a la citada entidad que las sucesivas resoluciones que se dicten le serán notificadas en los estrados del Juzgado, con excepción de aquellas resoluciones que revistan forma de auto, sentencia o sean de emplazamiento, por lo que expido el presente en Madrid, a 2 de febrero de 2009.—El secretario (fir­mado).

EDICTO

Don José Ignacio Atienza López, secretario de lo social del número 39 de los de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictada en el día de fecha, en el proceso seguido a instancias de don Adam Swieton, contra “Construcciones Valdeavero, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 21 de 2009, se ha acordado nuevo señalamiento con la citación a “Construcciones Valdeavero, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero.

Dada cuenta; habiéndose suspendido las vistas señaladas para el día 18 de febrero de 2009 por ejercitar el derecho de huelga la magistrada titular de este Juzgado, cítese nuevamente para los actos de conciliación y/o juicio el día 1 de abril de 2009, a las nueve horas, en la Sala de vistas de este Juzgado. En cuanto a lo demás, estése a lo acordado en auto de fecha 20 de enero de 2009, sirviendo la presente de citación a las partes.

Y para que sirva de citación a “Construcciones Valdeavero, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 19 de febrero de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.461/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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