Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-03-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090324-0097

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 13 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Anatoly Fedonyuk, contra la empresa “Restauración de la Madera Artema, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 16 de febrero de 2009.

Dispongo: Que procede decretar la extinción de la relación laboral del actor con la empresa demandada en la fecha de la presente resolución por no readmisión del mismo, condenando a la empresa al abono en concepto de indemnización de la suma de 10.848,75 euros, así como al abono de los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido y hasta la fecha de la presente resolución que ascienden a la suma de 11.166,98 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución.

Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Isabel Saiz Areses.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Restauración de la Madera Artema, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.205/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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