Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-03-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090320-0214

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE MÁLAGA

EDICTO

Doña María Mercedes Pérez Lisbona, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 828 de 2008, a instancias de la parte actora, don Juan Antonio Sedeño Paredes, contra “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia de fecha 23 de febrero de 2009 del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Juan Antonio Sedeño Paredes, contra “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, siendo parte interesada el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto el actor el 21 de julio de 2008, condenando a la demandada, a su opción, la cual deberán realizar en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente, a readmitir al trabajador en el mismo puesto y condiciones de trabajo que ostentaba antes de producirse el despido o abonarle la indemnización de 1.787,36 euros, así como, en cualquiera de ambos casos, a abonarle los salarios de tramitación desde la fecha del despido a razón de 43,33 euros/diarios, sin que proceda pronunciamiento de condena al abono de cantidad alguna, en este momento, respecto al Fondo de Garantía Salarial, al no darse el supuesto de hecho que lo habilita.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, cuyo anuncio se efectuará ante este Juzgado en el plazo improrrogable de cinco días a contar desde el siguiente a la notificación de esta sentencia o, en otro caso, una vez firme la misma, procédase al archivo de las actuaciones, dejando nota.

Advirtiéndoles que en los escritos de anuncio e interposición, así como en los de impugnación, se hará constar un domicilio en la sede de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Málaga, a efectos de notificaciones.

Si recurre la parte demandada, deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso de importe de la condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, número 2950/0000/65/0828/08.

Al interponer el recurso, acreditará igualmente el ingreso de 150,25 euros en dicha cuenta, mediante entrega del resguardo acreditativo, en la Secretaría de este Juzgado de lo social.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.

En Málaga, a 23 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.893/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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