Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-03-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090306-0036

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

TORREJÓN DE ARDOZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla según consta en los respectivos expedientes, se hace público lo siguiente:

Formulada denuncia contra la persona que conducía el vehículo, del que usted figura como titular, por la infracción de norma de tráfico vial que consta en la presente notificación, con indicación expresa de la cuantía de la multa fijada para la misma, el concejal-delegado de Coordinación de Ordenanzas Municipales (decreto de la Alcaldía de 27 de junio de 2007), ha ordenado la incoación del correspondiente expediente sancionador, cuya instrucción y subsiguiente propuesta de resolución están encomendadas al Departamento de Sanciones.

La calificación de la infracción como grave o muy grave podrá motivar la suspensión de la autorización administrativa para conducir, artículo 67.1 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial. De conformidad con lo establecido en el artículo 12.1 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba su Reglamento de Procedimiento Sancionador (“Boletín Oficial del Estado” de 21 de abril de 1994), podrá usted proceder del siguiente modo:

A)  Conformidad con la denuncia

Para beneficiarse de la reducción que figura en el recuadro correspondiente, el importe de la multa fijada deberá hacerse efectivo durante los treinta días naturales siguientes a aquel en que tiene lugar la presente notificación de denuncia, lo que supone la renuncia a formular alegaciones y, en las infracciones leves, además, el fin del procedimiento sancionador. El pago se realizará mediante ingreso utilizando el abonaré adjunto hasta la fecha límite señalada en el mismo, en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz (“BBVA”, “Caja Madrid”, “la Caixa”, “BSCH”, “Unicaja”).

B)  Disconformidad con la denuncia (no aplicable a infracciones abonadas con reducción, conforme al apartado A)

En el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de recepción de esta notificación, podrá formular escrito de alegaciones dirigido al Departamento de Sanciones de este Ayuntamiento, plaza Mayor, número 1, planta 2, adjuntando la presente o indicando la referencia que en la misma consta y aportando, en su caso, las pruebas necesarias para corroborar sus alegaciones. El expediente podrá consultarlo en la Oficina de Recaudación (sita en calle Cristo, número 26, teléfono 916 773 582, en días laborables de lunes a jueves, de nueve a catorce cuarenta y cinco y de dieciséis a diecisiete cuarenta y cinco horas, y los viernes, de nueve a catorce y treinta horas) y obtener copia del mismo.

En el supuesto de no efectuar alegaciones, dentro del plazo legalmente establecido, la denuncia que es objeto de la presente notificación será considerada propuesta de resolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (“Boletín Oficial del Estado” de 9 de agosto de 1993).

C)  Identificación del conductor

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.3 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial, se requiere expresamente al titular del vehículo para que en plazo de quince días hábiles identifique verazmente a la persona que lo conducía, aportando los siguientes datos: nombre y apellidos, número del permiso de conductor y domicilio completo, con la advertencia de que la omisión de cualquiera de ellos, por ser todos imprescindibles para su inequívoca identificación, motivará la exigencia de responsabilidad como autor de infracción muy grave, sancionada con multa de 301 hasta 1.500 euros. No obstante, el órgano instructor podrá requerir la documentación complementaria que considere ­necesaria.

De la responsabilidad de los hechos cometidos por un menor de dieciocho años responden solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho.

Si con fecha anterior a la denuncia se hubiera producido cambio en la titularidad del vehículo, deberán ser facilitados, en el mismo plazo, idénticos datos respecto de la persona adquirente, aportando original o copia compulsada de documento acreditativo expedido por la Jefatura de Provincial de Tráfico; en caso de no aportarlo, seguirá siendo considerado titular a todos los efectos legales.

Pérdida de puntos: en el caso de que la infracción objeto de este procedimiento sancionador se encuentre incluida entre las enumeradas en el Anexo II de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial, la persona responsable de aquella perderá en su permiso o licencia de conducción el número de puntos que figure en la casilla correspondiente de esta notificación, una vez que la sanción sea firme en vía administrativa.

Caducidad del procedimiento: si no se hubiere notificado la resolución sancionadora, transcurrido un año desde la iniciación de este procedimiento o se justifique su intento, se producirá la caducidad del mismo.

Cláusula de protección de datos personales: los datos personales contenidos en este documento se han incorporado al sistema informático del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, cuya finalidad es la gestión de las sanciones de tráfico. Los datos podrán ser cedidos a los obligados a colaborar en el procedimiento, así como a los interesados en el mismo y a cuantas instituciones y organismos proceda, de conformidad a la legislación vigente. El órgano responsable del fichero es la Unidad de Sanciones y la dirección donde podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición es la plaza Mayor, número 1, 28850 Torrejón de Ardoz, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, advirtiéndoles que los expedientes se hallan en la Oficina Municipal de Recaudación del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

Torrejón de Ardoz, a 28 de noviembre de 2008.—El concejal-delegado de Patrimonio y Contratación y Coordinación de Ordenanzas Municipales, PDA de 27 de junio de 2007.

(02/16.140/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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