Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-02-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090225-0102

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MANZANARES EL REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Manzanares el Real relativo a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios y realización de actividades en instalaciones municipales deportivas, regulada en la ordenanza publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 196, de fecha 18 de agosto de 2004, pasando a quedar de la siguiente manera:

Art. 6.  Cuota tributaria

A) Actividades deportivas con monitor:

1. Instalaciones deportivas:

1.1.  Por cada actividad: 10 euros/mes-dos horas semanales hasta 14 años de edad.

1.2.  Por cada actividad: 12 euros/mes-dos horas semanales a partir de 14 años de edad.

1.3.  Incremento por cada hora semanal: 4 auros/mes.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Las tarifas incluidas en la presente ordenanza se actualizarán cada año, atendiendo a la variación que corresponda por la evolución del índice de precios al consumo.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se
podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En Manzanares el Real, a 9 de febrero de 2009.—El alcalde en funciones, José Manuel Luján Martín.

(03/4.860/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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