Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090224-0236
Páginas: 0
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 6 DE TORREJÓN DE ARDOZ EDICTO En los autos de verbal de desahucio por falta de pago número 354 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente: Sentencia En Torrejón de Ardoz, a 23 de enero de 2009.—Doña Alicia Visitación Martín, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Torrejón de Ardoz, ha visto los presentes autos que se siguen en este Juzgado bajo el número de procedimiento número 354 de 2008, a instancias de don Joaquín Pérez Montesinos y doña Ángela Costa Gómez, representados por la procuradora doña Concepción Iglesias Martín y asistidos de la letrada doña Marta Cortázar Vidaur, frente a don Larbi Selman. Fallo Se estima la demanda interpuesta por la procuradora doña Concepción Iglesias Martín, en nombre y representación de don Joaquín Pérez Montesinos y doña Ángela Costa Gómez, frente a don Larbi Selman, y declaro la resolución del contrato de fecha 1 de febrero de 2007 y haber lugar al desahucio del demandado de la vivienda sita en “Residencial Jarama”, bloque 5, portal 2, bajo D, en Paracuellos de Jarama, condenándole a que deje libre y a disposición de la actora dentro del término legal, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere se le lanzará a su costa, habiéndose señalado como día del lanzamiento el 24 de marzo de 2009, a las once y treinta horas. Asimismo, se condena al demandado a abonar a los actores el importe de 8.109,60 euros, más el interés legal desde la interposición de la demanda, así como de las rentas devengadas hasta el desalojo del inmueble. Con imposición de costas al demandado. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial en el plazo de cinco días a contar del siguiente de su notificación. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Publicación Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la misma magistrada-juez que la suscribe hallándose celebrando audiencia pública en Torrejón de Ardoz en el día de la fecha.—Doy fe. Para que sirva de notificación en forma al demandado don Larbi Selman, en ignorado paradero, se expide el presente que firmo en Torrejón de Ardoz, a 23 de enero de 2009.—El secretario (firmado). (02/1.773/09) |