Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-02-2009

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090221-0201

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 39
DE MADRID

EDICTO

Doña María Luz García Leyva, secretaria del Juzgado de instrucción número 39 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 837 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 419 de 2008

En Madrid, a 28 de noviembre de 2008.—Vistos por mí, doña Belén Sánchez Hernández, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 39 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 837 de 2008, seguidos por la presunta falta de estafa, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, don Carlos Alberto Franco Traslaviña y doña Fabiola Ramírez Franco, he venido a dictar la presente resolución, a la que sirve de base el siguiente

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a doña Fabiola Ramírez Franco de la falta que se le imputaba en el presente procedimiento, declarando de oficio las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación ante este mismo Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión del original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Fabiola Ramírez Franco, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 3 de febrero de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/4.044/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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