Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-02-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090205-0174

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 358 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Mar de la Rosa Cortés, contra la empresa “Truekalia Ibérica, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 390 de 2008

En Madrid, a 10 de noviembre de 2008.—Doña Francisca Arce Gómez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 12 del Juzgado y localidad o provincia de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña María del Mar de la Rosa Cortés, que comparece asistida del letrado don Mario Prendes Pando Osorio, y de otra, como demandada, “Truekalia Ibérica, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, y Fondo de Garantía Salarial, que comparece asistido de doña María Ángeles Rodríguez, en nombre del Rey he dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Declaro prescrita la cantidad reclamada con la demanda, correspondiente al salario del mes de enero de 2007, conforme ha alegado el Fondo de Garantía Salarial.

Estimo parcialmente la demanda de la actora, doña María del Mar de la Rosa Cortés, y declaro debida la cantidad de 1.107,91 euros en concepto de salarios dejados de percibir. En consecuencia, condeno a la empresa demandada, “Truekalia Ibérica, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone a la actora la cantidad anteriormente fijada.

Asimismo, declaro la mora de la demandada, por lo que la empresa, deberá incrementar el 10 por 100 de interés anual moratorio desde la fecha en que se devengó la cantidad objeto de condena, hasta su total pago.

Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial hasta el límite legal de la cantidad objeto de condena, no extendiéndose a dicho organismo la declaración de mora.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio, justificante de haber ingresado 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510 con la indicación del número 358/08 de procedimiento, en la sucursal del “Banesto” de la calle Orense, número 19, de Madrid. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Truekalia Ibérica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de enero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.093/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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