Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-01-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090105-0100

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.358 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Agustín de la Fuente Pastor, contra las empresas “Ente Público Radio Televisión Española”, “Sociedad Mercantil Estatal TVE, Sociedad Anónima”, y “Sociedad Mercantil Estatal Radio Nacional de España”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 6 de octubre de 2008.

La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con esta misma fecha ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por don Agustín de la Fuente Pastor, contra “Ente Público Radio Televisión Española”, “Sociedad Mercantil Estatal TVE, Sociedad Anónima”, y “Sociedad Mercantil Estatal Radio Nacional de España”, sobre ordinario. De lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 6 de octubre de 2008.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con
la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 23 de octubre de 2009, a las once y diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Al segundo otrosí:

En cuanto a la confesión del representante legal de la empresa, no ha lugar a lo solicitado, sin perjuicio de que lo soliciten vía informe de conformidad con el artículo 315 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En cuanto a la documental propuesta, se requiere al abogado del Estado para que el acto del juicio aporte la documentación solicitada por al parte actora.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Antonio Martínez Melero.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Agustín de la Fuente Pastor, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.667/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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