Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-01-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090105-0045

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ARGANDA DEL REY

URBANISMO

Se hace saber que por el Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 1 de octubre de 2008, se ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente la modificación puntual número 4 del Plan Parcial de la UE-24 “Las Monjas”, promovida por la Comisión Gestora de dicha Unidad de Ejecución, consistente en:

En la zona industrial con ordenanza ZU.I se incorpora el uso hostelero, y en la zona terciaria con ordenanza ZU.T se incorpora el uso hostelero y el uso de oficina permitido en edificio exclusivo, se regula en la forma siguiente: se establece como dimensión mínima para la actividad de oficina los 50 metros cuadrados construidos sin incluir partes comunes.

Segundo.—Aprobar el texto refundido del Plan Parcial de la UE-24 “Las Monjas”, cuyo contenido refunde el documento aprobado definitivamente por acuerdo de la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid de fecha 14 de julio de 1999, de acuerdo con el Plan General de Ordenación Urbana de 1985, entonces vigente, con el ámbito denominado Sector 74.4-A “Las Monjas”, y las modificaciones puntuales de dicho documento, aprobadas, la primera por acuerdo plenario de fecha 28 de abril de 2003, la segunda por acuerdo plenario de fecha 1 de diciembre de 2004, la tercera por acuerdo plenario de fecha 4 de octubre de 2006 y la cuarta modificación expuesta en el punto primero del presente acuerdo.

Tercero.—Comunicar los acuerdos primero y segundo al órgano competente de la Comunidad de Madrid en el plazo de diez días, y remisión de un ejemplar del documento técnico del texto refundido del Plan Parcial de Reforma Interior de la UE-24 al Registro administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Cuarto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme dispone el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, y notificación del mismo a la Comisión Gestora de la UE-24.

El contenido de la modificación de la normativa urbanística del Plan Parcial es la indicada en el punto primero del acuerdo.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer potestativamente recurso de reposición previo al recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a esta notificación ante el mismo órgano que lo dictó, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la presente notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Madrid.

Arganda del Rey, a 20 de octubre de 2008.—El gerente, Luis Bremond Triana.

(02/14.897/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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