Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081226-0316
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL CIEMPOZUELOS-TITULCIA RÉGIMEN ECONÓMICO En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo relativo al expediente que fue aprobado inicialmente por la Junta de la Mancomunidad en sesión celebrada el día 5 de diciembre de 2008, correspondiente a la modificación de créditos número 1/2008, que se hace público: Partidas que se generan o suplementan (gastos) Financiación De conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en concordancia con el artículo 23.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y el 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime pertinente. La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985. En Ciempozuelos, a 30 de diciembre de 2008.—La presidenta de la Mancomunidad, María Ángeles Herrera García. (03/36.839/08) |