Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081226-0252
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS LOS MOLINOS RÉGIMEN ECONÓMICO No habiéndose presentado alegaciones al acuerdo adoptado por el Pleno Municipal el día 6 de noviembre de 2008, relativo a la modificación del tipo de gravamen determinado en la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, estableciéndose en un 0,65 por 100, así como modificación en cuanto a bonificación por la instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, se eleva a definitivo, procediéndose a su publicación, tal y como establece el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: Primero.—Modificación del tipo de gravamen determinado en la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, estableciéndose en un 0,65 por 100. Segundo.—Modificar el acuerdo del Pleno Municipal de 3 de diciembre de 2004, en lo relativo a la bonificación para los bienes inmuebles de naturaleza urbana en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol, en el sentido de precisar que: “En todo caso, cuando el bien inmueble sea una vivienda, la instalación deberá contemplar, obligatoriamente, el agua caliente sanitaria y el sistema de calefacción de la vivienda”. Se añadiría, también, al apartado 4 lo siguiente: “El solicitante de la bonificación deberá estar al corriente del pago de todos los tributos locales y demás derechos de la Hacienda Local en el momento de la solicitud.” Los Molinos, a 22 de diciembre de 2008.—El alcalde (firmado). (03/36.691/08) |