Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-12-2008

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081226-0031

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Dirección Provincial de Madrid

Doña Paloma Brull Sierra, como subdirectora provincial de Incapacidad Permanente de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Madrid.

Certifica: Que el día 14 de marzo de 2007, esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Seguridad Social dictó resolución, en cuya parte dispositiva textualmente dice:

«Declarar que las lesiones que padece don Manuel González Hurtado son constitutivas de incapacidad permanente total, derivada de accidente de trabajo, para su profesión habitual de albañil oficial primera, reconociéndosele el derecho a percibir una pensión vitalicia del 55 por 100 de 14.227,68 euros anuales, que se le abonará al interesado en 12 mensualidades, incrementada en un 20 por 100 de dicha base, atendiendo a la edad y circunstancias sociales y laborales que concurren en el mismo, incremento que quedará en suspenso durante los períodos de actividad laboral del pensionista sin perjuicio de la aplicación, si procede, de las disposiciones dictadas y por dictar, en materia de revalorización de pensiones y de los mínimos legales establecidos, y de la que podrá instar la revisión por agravación o mejoría a partir del 1 de enero de 2009, así como de la aplicación del porcentaje legalmente deducible en concepto de retención a cuenta del impuesto de la renta de las personas físicas, con efectos jurídicos y económicos a partir del 21 de diciembre de 2006.

Declarar responsable del pago de la pensión a la empresa “Smartlinx, Sociedad Limitada”, con número de inscripción 28/149578842, domiciliada en la calle Alcalde Ángel Arroyo, número 10-28904 Getafe (Madrid), por haber incumplido sus obligaciones en materia de cotización a la Seguridad Social, sin perjuicio del anticipo de las prestaciones por parte de la “Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social Asepeyo” y de la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Si no estuviera conforme con la resolución adoptada, podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional ante esta Dirección Provincial en el plazo de treinta días contados a partir del siguiente a la fecha de recepción de esta notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (“Boletín Oficial del Estado” del 11). En Madrid, a 26 de marzo de 2004.—La directora provincial, PD, Paloma Brull (firmado y rubricado)».

Y, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59, número 4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que conste a los efectos de notificación a la empresa “Smartlinx, Sociedad Limitada”, con último domicilio conocido en la calle Alcalde Ángel Arroyo, número 10, 28904 Getafe (Madrid), expido la presente certificación, en Madrid, a 17 de noviembre de 2008.—Firmado.

(D. G.—368) (02/15.954/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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