Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20081219-0120
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 11 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 217 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yohanna Inclán Gutiérrez, don Diego Soria Sánchez, don Rubén Márquez Latorre, doña Sandra Jiménez Núñez, doña Paz Oliveros Guntín, don Fernando Casares Pose, don Juan Cuello Samper, doña María del Mar Navajo Urbanos, doña María del Mar Balea López y don Hicham Moussebbih, contra la empresa “Geostar Tecnologías, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de aclaración: Auto En Madrid, a 26 de noviembre de 2008. Parte dispositiva: Resuelvo: En el hecho probado segundo, se debe sustituir el párrafo: “La empresa demandada adeuda a los actores las siguientes cantidades: Hicham Moussebbih: Salario mes de octubre de 2007: 1.400 euros. Salario mes de noviembre de 2007: 1.400 euros. Salario mes de diciembre de 2007: 1.400 euros. Salario mes de enero de 2008: 1.400 euros. Salario mes de febrero de 2008: 1.400 euros. Salario mes de marzo de 2008: 1.400 euros. Total: 8.400 euros.” Por el párrafo: “La empresa demandada adeuda a los actores las siguientes cantidades: Hicham Moussebbih: Salario mes de octubre de 2007: 1.400 euros. Salario mes de noviembre de 2007: 1.400 euros. Salario mes de diciembre de 2007: 1.400 euros. Salario mes de enero de 2008: 1.400 euros. Salario mes de febrero de 2008: 1.400 euros. Salario mes de marzo de 2008: 1.400 euros. Salario mes de abril de 2008: 1.400 euros. Salario mes de mayo de 2008: 1.400 euros. Salario mes de junio de 2008: 1.400 euros. Total: 12.600 euros.” En el fallo de la sentencia, se debe sustituir la frase: “(…) debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a los actores las cantidades siguientes: Hicham Moussebbhi: 8.400 euros”; por la frase: “(…) debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a los actores las cantidades siguientes: Hicham Moussebbhi: 12.600 euros.” Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Segismundo Crespo Valera. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Geostar Tecnologías, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 26 de noviembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado). (03/34.975/08) |